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3.2. Principios generales                                             71


                          Cota inferior

                          La prima debe tener siempre como cota inferior la prima pura de riesgo, es
                          decir,
                                                         p   E S .

                          Sin embargo, en algunas situaciones es necesario suponer que las primas
                          deben tener siempre un recargo positivo y se considera la condici´on m´as
                          restrictiva p  E S . A menos que se establezca lo contrario, la propiedad
                          de cota inferior se entender´a en el sentido p  E S , la cual es m´as f´acil de
                          verificar en los m´etodos de c´alculos de primas que estudiaremos.

                          Cota superior

                          Si un riesgo est´a acotado superiormente, entonces la prima para cubrir este
                          riesgo tambi´en debe tener la misma cota superior, es decir, si S  M para
                          alguna constante M     0, entonces


                                                         p S    M.


                          3.2.     Principios generales

                          Recordemos que la prima pura de riesgo est´a dada por p    E S .Estaes
                          la prima destinada a solventar exclusivamente la reclamaci´on del riesgo, sin
                          embargo veremos a continuaci´on la posible situaci´on catastr´ofica que podr´ıa
                          presentarse cuando se toma p    E S . Considere un portafolio homog´eneo
                          de n p´olizas de seguro de un mismo riesgo y v´alidas por un tiempo deter-
                          minado. Suponga que se cobra una misma prima p por cada p´oliza y que
                          S j representa el monto de las reclamaciones efectuadas por la p´oliza j, las
                          cuales se presuponen independientes y con id´entica distribuci´on. Si u es el
                          capital inicial de la aseguradora, entonces el capital de la misma al t´ermino
                          de la vigencia de las p´olizas es

                                                                     n
                                                  X n      u   np      S j
                                                                    j 1
                                                                n
                                                           u       p   S j .
                                                               j 1
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